Derechos y Obligaciones de los beneficiarios del Seguro Popular

El acceso efectivo y de calidad a los servicios de salud para los mexicanos afiliados al Seguro popular, es uno de los retos principales para el Sistema de Protección Social en Salud; por ello se creó la figura del Gestor del Seguro Popular, que funge como enlace entre el beneficiario y los prestadores de servicios, con funciones como brindar asesoría a los afiliados al Sistema sobre sus derechos y obligaciones, así como los trámites que deben realizar para recibir servicios con oportunidad, solicitar reembolsos en caso de cobros indebidos, presentar quejas, sugerencias o felicitaciones.

Derechos

  • Recibir servicios integrales de salud.

 

  • Accesos igualitario a la atención.

 

  • Trato digno, respetuoso y atención de calidad.

 

  • Recibir los medicamentos que sean necesarios y que correspondan a los servicios de salud.

 

  • Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación necesaria respecto de la atención de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le apliquen o indiquen.

 

  • Contar con su expediente clínico.

 

  • Decidir libremente sobre su atención.

 

  • Otorgar o no su consentimiento válidamente informado y a rechazar tratamientos o procedimientos.

 

  • Ser tratado con confidencialidad.

 

  • Contar con facilidades para obtener una segunda opinión.

 

  • Recibir atención médica en urgencias.

 

  • Recibir información sobre los procedimientos que rigen el funcionamiento de los establecimientos para el acceso y obtención de servicios médicos.

 

  • No cubrir cuotas de recuperación especificas por cada servicio que reciban.

 

  • Ser atendido cuando se inconforme por la atención médica.

 

Además de esta serie de derechos, los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud también adquieren obligaciones, las cuales resultan indispensables para acceder a un servicio efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación, que los hacen corresponsables en el cuidado de su salud.

Obligaciones

Hacer uso responsable de los servicios de salud. Hacer uso de la póliza de afiliación que los acredite como beneficiario, siendo un documento de naturaleza personal e intransferible y presentarla siempre que se requieran acceso a servicios de salud. Adoptar conductas de promoción de la salud y prevención de enfermedades. Informarse sobre los procedimientos que rigen el funcionamiento de los establecimientos para el acceso y obtención de servicios. Colaborar con el equipo de salud, informando verazmente y con exactitud sobre sus antecedentes, necesidades y problemas de salud. Cumplir las recomendaciones, prescripciones, tratamientos o procedimientos generales a los que haya aceptado someterte. Dar un trato respetuoso al personal médico, auxiliar y administrativo de los servicios de salud, así como a los otros usuarios y sus acompañantes. Cuidar las instalaciones de los establecimientos de salud y colaborar en su mantenimiento. Proporcionar de manera fidedigna la información necesaria para documentar su incorporación al Sistema de Protección Social en Salud y para la definición de la aportación que, en su caso, tenga que erogar por algún concepto no incluido en el CAUSES o como cuota a definir.

Carta de Derechos y Obligaciones

versión 2016

RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN LA SALUD DEL ESTADO DE OAXACA

ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS 2018

VIOLETAS #1007 COL. REFORMA OAXACA, OAX.

TELS. (951) 50 2 62 31, 32, 33 DEL INTERIOR DEL ESTADO, LADA SIN COSTO: 01 800 772 5837 SEGURO POPULAR OAXACA